martes, 17 de mayo de 2016

¿AHORROS CON CORRECCION MONETARIA?, Columna para Portafolio

¿Ahorros con corrección monetaria?
Por Camilo Herrera Mora

La norma no es clara, pero la ley que se promulgó en el Congreso, que aún no tiene sanción presidencial, puede que haya resucitado la corrección monetaria.

El Senador Barguil ha defendido continuamente al consumidor desde el Partido Conservador, como Simón Gaviria desde el Liberalismo, comprendiendo que las dinámicas sociales nos han llevaron a ejercer nuestros deberes y derechos ciudadanos como consumidores; situación que se hace evidente en el derecho a la salud, educación, libre mercado y al trabajo que se hacen realidad en el mercado y no por medio de derechos de petición.

Las leyes de portabilidad numérica de celular, el Estatuto del Consumidor, el estatuto del consumidor financiero y otras normas, han ido tomando fuerza como consecuencia de este entendimiento; más, como toda norma, tiene el enorme riesgo de ser excedida en su interpretación y llevar al ejecutivo a la tentación de violar la Constitución.

Sin conocer aún la versión final del texto de conciliación de la Ley, es claro que ésta busca que los bancos recuperen la naturaleza de las cuentas de ahorro, reconociendo en ellas algún tipo de interés, para que no sean cuentas corrientes sin chequera ni sobregiro, y dejen de ser cuentas de depósito sin rentabilidad. 

Más, el problema radica en que, como está escrita la norma, se puede dar un debate sin precedentes en el sector financiero. La norma dice que “las cuentas deben reconocer intereses positivos a los depósitos”, lo que puede interpretarse de dos maneras: La primera, que por lo menos la cuenta de ahorros debe tener un interés efectivo anual de 0,1%;. La segunda, que un interés positivo es el resultante de deflactar la tasa de interés efectiva anual por la inflación y que resulte un interés superior a la inflación misma. 

La norma debe ser clara, o de lo contrario se habrá revivido la corrección monetaria en Colombia. Lo cual no es malo, pero tampoco es del todo bueno, porque si bien, los ahorradores no perderán capacidad adquisitiva con sus cuentas y existirá un fomento claro al ahorro, las tasas de interés de préstamo subirán, para poder compensar esos intereses pasivos que se causan. Por esto, la norma debe ser muy clara y no dejar espacio a interpretaciones, o de lo contrario vendrán muchos problemas.

Cuando se planteó el esquema de corrección monetaria en Colombia en los setentas, el profesor Currie definió un esquema de corporaciones de ahorro y vivienda especial, para fomentar el ahorro y dinamizar la construcción, atando las cuentas de ahorro a la inflación. Este modelo comenzó a morir, cuando la fórmula de la corrección monetaria cambió y terminó estando anclada al DTF y eso dejo muy vulnerables los créditos hipotecarios a una crisis financiera, que desafortunadamente llegó.

Hoy se podría estar reviviendo el modelo de una manera diferente, lo cual puede ser muy bueno, pero como en los setentas, es posible que cause inflación, mayores tasas de interés para créditos, y es fundamental comprender que estaríamos en el escenario en que el Congreso regula precios, lo cual siempre será un gran debate, pese a la enorme satisfacción en el electorado. Por eso, es fundamental que la ley explique que es un interés positivo en la cuenta de ahorros, o de lo contrario habremos reformado el sistema financiero colombiano.

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